
LA PARTICIPACIÓN COMO RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA EMPRESA
TEXTO (PDF): https://yadi.sk/i/m8d6vcg7xUBE1g
1.
Parece claro
que el impulso de la participación de los trabajadores en la empresa es una
vertiente clave de las políticas de responsabilidad social de la empresa o
responsabilidad social corporativa. Nos encontramos ante uno de los ámbitos en
los que la actuación de la empresa va más allá del beneficio de los accionistas
para integrar otros objetivos de la sociedad en general o de grupos de interés
específicos.
2.
Más en
concreto, estas políticas encajarían también de forma directa en lo que el Foro
Económico Mundial está denominando como “capitalismo de stakeholders” o
“capitalismo de grupos de interés”, en el marco del nuevo modelo de desarrollo
impulsado por este Foro a través del proyecto “Gran Reinicio” o “Gran Reseteo”.
La idea se refiere a un nuevo modelo de capitalismo en el que, junto a los
intereses de los accionistas, se tengan en cuenta los intereses de los
restantes grupos de interés que se relacionan con la empresa. Uno de ellos, por
supuesto, los trabajadores asalariados de la misma, junto a proveedores,
clientes o el entorno local.
3.
No es fácil
anticipar en qué medida este concepto de “capitalismo de grupos de interés”
impulsado por el Foro Económico Mundial puede tener consecuencias prácticas de
interés. Por el momento no se han realizado propuestas concretas y, por ello,
da la impresión de que se trata de suavizar el impacto negativo de imagen del
modelo de decrecimiento planteado por el Gran Reinicio. Un modelo basado en el
concepto de “destrucción creativa” y, aparentemente, encantado con la
destrucción económica generada por las políticas adoptadas para hacer frente a
COVID-19.
4.
A falta de
propuestas concretas, nos encontramos con un marco similar al que ha rodeado
durante las últimas décadas el conjunto de las políticas de responsabilidad
social de la empresa. Estas políticas han tenido un cierto desarrollo fuera del
núcleo central de la empresa capitalista, a través de otro tipo de formas
empresariales, como las cooperativas, la economía social y las empresas
públicas.
En el ámbito de la empresa de capitales, la responsabilidad social
corporativa ha obtenido resultados a través de la intervención estatal mediante
normas imperativas o incentivos. En ausencia de este tipo de actuaciones, la
responsabilidad social corporativa se ha limitado a meras actuaciones
publicitarias de las empresas.
5.
Es algo
similar lo que debemos esperar de la participación cualificada de los
trabajadores. En la medida en que los intereses de los accionistas, por sí
mismos, no conducen a la creación de estos ámbitos de participación, el
resultado es similar al de otros conceptos propios de la responsabilidad social
corporativa. La participación cualificada de los trabajadores en la empresa se
consigue, por supuesto, en el ámbito de las cooperativas y la economía social.
También puede conseguirse en el ámbito de las empresas públicas. Pero es
impensable que avance significativamente sin políticas de carácter imperativo o
incentivos económicos sustanciales para la empresa o para los trabajadores
afectados.
6.
De los tres
ámbitos sustanciales de la participación cualificada de los trabajadores,
identificamos claramente cómo distintos procesos de participación en el capital
de las grandes empresas se ponen en marcha a través de significativos
incentivos fiscales. Mientras que, en el caso de las participaciones en
resultados o la participación cualificada en los órganos de administración, las
normas de obligado cumplimiento son imprescindibles.
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