Participación en la Empresa en Francia LAS TRES LÍNEAS DE AVANCE

1.     Los análisis sobre la experiencia francesa en el ámbito del impulso de la participación de los trabajadores en la empresa suelen resultar de una cierta complejidad. La multitud de disposiciones normativas, técnicas, procesos, resultados o valoraciones, con frecuencia es difícil de procesar.

2.     Evidentemente, toda esa información tiene un lógico interés práctico para los agentes sociales y económicos franceses. Pero obtener de la misma ideas de interés para otros países resulta complejo sin una mayor sistematización. Ésta es la razón de que, a efectos de obtener ideas de interés para nosotros, intentemos centrar los ámbitos clave de impulso de la participación que han resultado fundamentales para el avance de estas políticas en Francia.

3.     Con este fin, debemos probablemente considerar como aspectos de segundo nivel los mecanismos de carácter informativo, los instrumentos que facultan a los trabajadores a dar su opinión, emitir dictámenes o incluso a establecer negociaciones con la dirección de la empresa. Se trata de instrumentos y medidas que no modifican estructuralmente por sí mismas ni la toma de decisiones ni la distribución del valor añadido de la empresa.

4.     Esto nos permite identificar con claridad las tres líneas básicas de avance de la participación de los trabajadores en la empresa en Francia:

A.    La participación en capital a través de la adquisición o cesión por o a los trabajadores de acciones de la empresa.

B.     La participación de los trabajadores en el órgano de administración de las grandes empresas o cogestión

C.     La participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa

5.     La participación en capital se basa fundamentalmente en disposiciones legales no imperativas, que incentivan este tipo de participación a través de ventajas fiscales. Como excepción, la normativa francesa establece la obligatoriedad de ceder representación en el órgano de administración a los trabajadores cuando esta participación en el capital alcanza el 3% del total.

6.     La participación de los trabajadores en el órgano de administración, lógicamente, ha evolucionado en función de las normas imperativas que han obligado a las empresas francesas a aceptar este tipo de representación

7.     Finalmente, la participación de los trabajadores en los beneficios generados por la empresa se basa fundamentalmente en normas imperativas, aunque estas normas han sido también apoyadas por disposiciones fiscales incentivadoras de estos mecanismos.

8.     No es fácil identificar cuál de estos tres ámbitos de avance es el más importante desde el punto de vista de su incidencia en la práctica empresarial. Afectan a ámbitos distintos de la actividad como la distribución de resultados o la gestión de los órganos de gobierno y por ello la comparación entre ellos no resulta fácil.

9.     Sin embargo, podemos tener en cuenta las dudas existentes entre algunos analistas sobre el impacto práctico de medidas de participación en los resultados de la empresa que no se vinculen a la participación en las decisiones. Si estas tesis se confirmaran, es muy probable que debiéramos considerar la cogestión o participación imperativa en órganos sociales como el instrumento de mayor interés e incidencia efectiva en la práctica empresarial en Francia. Y ello a pesar del sensiblemente menor impacto de estas políticas de cogestión francesas frente a las de Alemania, país referente de Europa en este ámbito.

 

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