Participación en la Empresa EMPRESAS NACIONALES Y FILIALES

1.      Las empresas multinacionales y transnacionales han tenido siempre una especial problemática desde la perspectiva de la participación de los trabajadores en los órganos sociales.

2.      Esta problemática se ha dejado sentir en numerosas empresas españolas, donde se ha vivido el contraste entre la ausencia de cualquier tipo de participación cualificada de los trabajadores en la filial española frente a participaciones significativas en los órganos sociales de la empresa matriz extranjera en representación de los trabajadores de la propia matriz.

3.      Este es un criterio generalizado de las empresas propiedad de matrices extranjeras que, en prácticamente todos los casos, renuncian a introducir en nuestro territorio criterios de participación habituales en el suyo.

4.      Esta es una realidad a tener en cuenta ante un posible replanteamiento de las posibilidades de impulsar la participación de los trabajadores en la empresa. Una gran parte de nuestro tejido de grandes empresas son filiales de inversores de otros países y su posicionamiento con respecto a la participación de los trabajadores puede tener características específicas que es importante tener en cuenta.

5.      Por un lado, es previsible que las filiales de empresas matrices de países con participación cualificada en los órganos sociales o en los beneficios asuman un cambio normativo en este sentido con mayor naturalidad que las empresas nacionales. Esto plantea el interés de disponer de un mapa de estas empresas y de tejer una red de relación institucional al respecto, ante la posibilidad de que estas empresas pudiesen ser un aliado estratégico ante posibles reticencias de nuestras organizaciones empresariales.

6.      Al contrario, las empresas cuya matriz está ubicada en países sin representación cualificada o dependientes de fondos de inversión, es muy posible que nos encontremos ante el efecto contrario y que se produzca una clara resistencia ante propuestas normativas de participación cualificada de los trabajadores en los órganos sociales.

7.      En alguna ocasión se ha apuntado la posibilidad de que este tipo de normas evitaran ser aplicadas a filiales de empresas extranjeras en previsión de posibles conflictos de interés o falta de comprensión o asimilación de los objetivos del cambio normativo. Sin embargo, una exclusión de este tipo en un territorio con un tejido empresarial tan dependiente del exterior como el nuestro significaría vaciar de contenido real el cambio normativo.

8.      En definitiva, la fuerte presencia de filiales de empresas extranjeras en nuestro territorio puede ser tanto un problema como una oportunidad a la hora de poner en marcha políticas de impulso de la participación cualificada de los trabajadores en las grandes empresas. Es fundamental que las estrategias previas diferencien correctamente los distintos casos y gestionen cada uno de ellos de forma correcta con el fin de aprovechar las oportunidades que algunos segmentos empresariales ofrecen y minimizar los posibles impactos negativos en otros.

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