Aplicación del Kurzarbeit EL MODELO COOPERATIVO

1.      El caso de las cooperativas de trabajo (o entidades similares, como las sociedades laborales) es un referente claro a tener en cuenta a la hora de examinar los modelos de reparto del trabajo o kurzarbeit como alternativas al desempleo.

2.      La realidad es que las cooperativas utilizan instrumentos de reparto del trabajo de forma sistemática y existan o no ayudas públicas que los faciliten.

3.      Aunque esta realidad del funcionamiento esencialmente distinto de las cooperativas con respecto a las sociedades de capitales con excesiva frecuencia se explica en base a los distintos “valores” del sistema cooperativo, este tipo de argumentación, siendo fundamentada, no nos explica demasiado sobre lo que realmente sucede en las cooperativas y por qué es tan distinto de lo que sucede en las empresas de capitales.

4.      El fondo argumental es claro. Las cooperativas de trabajo actúan de forma distinta porque son distintas. Fundamentalmente porque su titularidad, la propiedad de las mismas, es radicalmente distinta de la de las empresas de capitales. Mientras que las empresas de capitales buscan maximizar la rentabilidad y el poder del capital, las cooperativas de trabajo buscan maximizar las rentas y el bienestar de sus titulares, que son los trabajadores de la empresa.

5.      Como consecuencia de ello, la reacción de los dos modelos de empresa ante las caídas de la carga de trabajo es radicalmente distinta. La empresa de capitales inmediatamente se plantea la posibilidad de despedir a los trabajadores “sobrantes” mientras que la cooperativa de trabajo adopta todo tipo de medidas antes de recurrir a procesos de despido.

6.      Despedir a un socio trabajador en una cooperativa es atacar de forma directa los intereses de sus propios titulares y, por lo tanto, es un recurso que prácticamente nunca se utiliza en este tipo de empresas.

7.      Al contrario, las cooperativas recurren de forma sistemática y directa a todo tipo de opciones de reparto del empleo disponible entre sus trabajadores. Ya sea entre los trabajadores de una empresa cooperativa o, en su caso, del grupo cooperativo correspondiente. Es evidente que esta forma de actuar implica valores empresariales sustancialmente distintos, pero el concepto de “valor” no puede llevarnos a esconder la realidad de dos estructuras empresariales y dos formas de poder radicalmente distintas.

8.      De esta forma, bien podemos decir que la extensión en los países occidentales de los modelos de kurzarbeit o de reparto del trabajo supone, en buena medida, un reconocimiento de que la forma habitual de proceder de las cooperativas no es en absoluto un absurdo económico. Al contrario, esta forma de actuar responde a una clara lógica socio-económica que el sistema dominante tiene que recomponer a través de la actuación del Estado y que las cooperativas desarrollan por sí mismas.

9.      Por último, es importante destacar que, como consecuencia de su lógica institucional, las cooperativas aplican estas políticas de reparto del empleo sin ningún tipo de soporte público. En la medida en que los gobiernos desarrollan y aplican políticas de reparto del empleo con importantes ayudas para los trabajadores de las empresas de capitales afectadas, deberían inmediatamente plantearse la necesidad de analizar la conveniencia de realizar esfuerzos presupuestarios similares para ayudar a las cooperativas que por sí mismas adoptan este tipo de decisiones.

 

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