Kurzarbeit TIPOLOGÍA DE EMPRESAS

AUDIO - TEXTO
Aplicación del Kurzarbeit

TIPOLOGÍA DE EMPRESAS

AUDIO:    https://youtu.be/FYAcyEQf3LU

TEXTO (PDF):   https://yadi.sk/i/YWNGA6eqQNgWgg

1.     Una cuestión esencial para la difusión y el éxito de los programas de reparto del trabajo o kurzarbeit es la de la correcta selección de las empresas a las que se aplican estos programas.

2.     Por supuesto, se trata de empresas que se encuentran ante lo que se suele denominar como “excedente de personal”, en cuanto a que la capacidad de producción a la que el mercado da salida no soporta la ocupación plena de la totalidad de la plantilla.

3.     Por supuesto, se trata de un excedente de personal “significativo”. Algunas regulaciones establecen un mínimo de, por ejemplo, el 10 de la carga de trabajo total de la empresa. En la práctica mecanismos de reparto de trabajo se producen de manera más o menos informal para excedentes concretos, especialmente en microempresas. Sin embargo, en las empresas medianas y grandes, la reducción del tiempo de trabajo es una modificación sustancial de las condiciones laborales que normalmente sólo se justifica como consecuencia de un importante excedente de personas.

4.     Este excedente de personal debe situar a la empresa ante la “necesidad” de despedir a una parte sustancial de la plantilla. Este concepto de “necesidad” no es fácil de interpretar en la práctica y normalmente suele estar ligado con las expectativas de duración del excedente. Un excedente de plantilla, aunque fuera significativo, que sólo tuviera una duración de uno o dos meses, por ejemplo, sería asumido por la empresa sin proceder lógicamente a medidas de despido. Pero estas expectativas no siempre son fáciles de concretar.

5.     Lo habitual es que se exija que la crisis de carga de trabajo tenga un carácter temporal. En particular, los gobiernos suelen exigir este requisito para implicarse en programas de reparto de trabajo. Ello parece lógico desde la perspectiva de la disponibilidad de recursos públicos y del impacto positivo, de rentabilización del esfuerzo, que previsiblemente tendrá la esperada posterior recuperación del mercado y ocupación a plena jornada de los trabajadores.

6.     Con frecuencia, se relaciona esta temporalidad de la caída de la carga de trabajo con el carácter “cíclico” de la misma. Ello parece lógico si pensamos en el impacto macroeconómico de los programas de kurzarbeit, que se pone de manifiesto precisamente en los períodos recesivos de los ciclos económicos. Sin embargo, la consideración del carácter “cíclico” de una caída de la carga de trabajo de una empresa en particular no es tan clara y puede dar lugar a debates interminables si se interpreta de forma más o menos estricta. Lo fundamental, por supuesto, es que exista una clara expectativa de recuperación del mercado y de la carga de trabajo.

7.     Sin embargo, esta temporalidad no es tan clara cuando el reparto de trabajo se aplica sin intervención de ayudas públicas. En este caso, son los agentes sociales los que evalúan el coste operativo o en salarios de las medidas adoptadas y los que deciden ponerlas en marcha teniendo o no en cuenta criterios de previsible temporalidad de la caída de la carga de trabajo de la empresa.

8.     Junto a las razones “económicas” de la caída de la carga de trabajo, con frecuencia se alude también a razones de “fuerza mayor” (criterio utilizado, por ejemplo, en los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo regulados en España como consecuencia de la crisis derivada de la pandemia COVID-19).

9.     Es habitual también que las normativas reguladoras de los procesos de reparto de trabajo exijan no sólo que se haya producido una caída significativa de la carga de trabajo, sino que esta caída genere “dificultades financieras graves” a la empresa.

10. La dificultad de precisar en la práctica estos conceptos de dimensión de la caída de la carga de trabajo, temporalidad e inevitabilidad de la misma, son las razones que llevan a una cierta complejidad económica de los expedientes justificativos de estos procesos.

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