Francia. CRÍTICAS A LA PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS

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Participación en la Empresa en Francia

CRÍTICAS A LA PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS

AUDIO:   https://youtu.be/TWHm5sVJu1s

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1.      Desde el análisis social y económico, se han producido distintos tipos de críticas al modelo francés de participación en beneficios que, en buena parte, son aplicables a modelos similares en otros países.

2.      La crítica de mayor relevancia tiene relación con la radical discrepancia que puede producirse entre el impacto aparente de los programas de participación en beneficios y el impacto real de los mismos. Y también se ha hecho referencia a las diferencias entre el impacto inmediato y el impacto a largo plazo.

3.      El impacto inmediato de la introducción de estos sistemas de participación parece claro. Mejora la retribución de muchos trabajadores y disminuye la retribución de muchos accionistas, obligados a compartir parte de los beneficios de los que antes disfrutaban íntegramente.

4.      Sin embargo, la crítica económica tiene razón cuando afirma que es más dudoso que este efecto se mantenga a medio o largo plazo. La razón de fondo radica en que la relación entre la retribución del trabajo y del capital se basa en relaciones individuales y colectivas que tienen siempre tendencia contradictoria.

5.      Los titulares del capital tienden a minimizar las rentas del trabajo y los trabajadores tienden a minimizar las rentas del capital. Como consecuencia de ello, se llega a un difícil equilibrio, que no es fácilmente alterado a través de disposiciones normativas. Algunos autores piensan que las relaciones laborales tienden siempre a recomponer sus propios equilibrios, absorbiendo de una u otra forma las interferencias normativas en las mismas.

6.      Si esto fuera así, es posible que los titulares del capital tiendan a contener progresivamente los incrementos salariales con el fin de ir absorbiendo progresivamente el impacto de estos sistemas de participación en la rentabilidad de los inversores.

7.      A los nuevos trabajadores se les ofrecerán salarios más bajos “porque ya tienen la paga de beneficios” y a los demás se les convencerá más fácilmente de que con menores incrementos salariales anuales pueden conformarse, precisamente porque la participación en beneficios les permite una mayor retribución final.

8.      De esta forma, es muy posible que, a largo plazo, el resultado cuantitativo final fuese similar. Los trabajadores conseguirían en conjunto unas retribuciones totales similares, si bien en un supuesto se conseguirían en su conjunto como salario fijo, mientras que tras la introducción de estas participaciones, se conseguirían en base a salarios fijos un poco más bajos compensados por el importe recibido en función de las participaciones.

9.      A la inversa, los inversores conseguirían finalmente una retribución similar, ya que cederían una parte de los resultados a cambio de resultados totales mayores gracias a contenciones salariales que compensarían el impacto de la participación en beneficios.

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