Economía Social y Gestión Pública LA DESCOOPERATIVIZACIÓN COMO INCENTIVO INVERSOR

Economía Social y Gestión Pública

LA DESCOOPERATIVIZACIÓN COMO INCENTIVO INVERSOR


1.     No es un capricho el que la legislación cooperativa establezca requisitos estrictos para contener la “descooperativización” de las sociedades cooperativas. Ya sea mediante la transformación en sociedades de capitales, mediante la contratación de asalariados o mediante la canalización de actividades a través de filiales, existe un importante incentivo económico para que las empresas autogestionadas dejen de serlo, de forma total o parcial. Por las mismas razones, el incentivo de canalizar las nuevas inversiones a través de mecanismos “descooperativizados” es altísimo.

2.     Precisamente por ello, los instrumentos de “descooperativización” pueden, en la práctica, constituirse como un interesante elemento para aumentar el incentivo inversor de las cooperativas. Recordemos que las cooperativas tienen un alto incentivo inversor para las inversiones defensivas y un incentivo más bajo que las sociedades de capitales para las inversiones expansivas. De hecho, la canalización de nuevas inversiones expansivas a través de sociedades de capitales o de la contratación de asalariados incrementa notablemente el incentivo económico para la realización de las mismas.

3.     Esta constatación lleva a un permanente dilema, tanto a la legislación cooperativa como a los gestores y directivos de las empresas cooperativas. Utilizar instrumentos de contratación de asalariados, de forma directa o indirecta a través de filiales, “descooperativiza” la actividad pero, a la vez, facilita la realización de inversiones expansivas. La cuestión es qué deben hacer al respecto la legislación y las propias cooperativas.

4.     Lógicamente, la legislación fiscal debería, en principio, adaptar su regulación a este tipo de supuestos, dejando fuera del específico tratamiento fiscal de las cooperativas a la contratación no-cooperativa.

5.     Distinto es el caso de la legislación cooperativa sustantiva. Esta legislación debería, por un lado, defender la imagen de las sociedades cooperativas, evitando que utilicen esta denominación empresas altamente descooperativizadas. Por otro lado, permitir la descooperativización parcial puede ser un importante instrumento de dinamización empresarial.

6.     Desde el punto de vista de la gestión cooperativa, la propia lógica autogestionaria podría ser compatible con mecanismos de descooperativización parcial de carácter temporal. Especialmente en cooperativas con altos niveles de excedentes, la inversión expansiva a través de la contratación de asalariados puede evitar un trasvase injusto de recursos hacia los nuevos trabajadores. (O desde los nuevos trabajadores en el caso de cooperativas en pérdidas). Con frecuencia, los beneficios y pérdidas responden al resultado de la actividad desarrollada durante un largo período. Si los nuevos trabajadores participan de forma inmediata en estos resultados positivos o negativos, es muy posible que se produzca un trasvase injusto de recursos entre unos y otros trabajadores. Resolver estos desajustes temporales es complicado en el marco de la legislación cooperativa actual. Una contratación temporal de los nuevos trabajadores como asalariados puede resolver en la práctica este problema y, a la vez, aumentar el incentivo inversor de las cooperativas.

 

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