Economía Social y Gestion Publica AUTOGESTION Y CONCENTRACION EMPRESARIAL

Economía Social y Gestion Publica

AUTOGESTION Y CONCENTRACION EMPRESARIAL



1.      Las cooperativas y la economía social plantean una problemática compleja desde la perspectiva de la concentración empresarial. Por un lado, las cooperativas de autónomos (cooperativas agrarias, de detallistas, etc.) en ocasiones han planteado retos derivados de su alta capacidad de abarcar cuotas sustanciales o mayoritarias de su respectivo mercado y, desde esta perspectiva, consiguen con frecuencia altos niveles de concentración de las actividades de compra o venta.
2.      Por otro lado, en sentido contrario, las empresas cooperativas y de economía social de carácter “autogestionario” (cooperativas de trabajo, sociedades laborales, etc.) se han reivindicado con frecuencia como un modelo alternativo que, entre otras características, implica una defensa de la competencia en el mercado por su intrínseca resistencia a la concentración empresarial.
3.      El debate se planteó ya en los años 80, desde las dos vertientes fundamentales que, desde un plano teórico y político, analizaban los modelos de autogestión empresarial: el modelo de autogestión yugoslavo y las corrientes europeas –fundamentalmente francesas- que apostaban por un modelo económico “autogestionario”.
4.      Tanto en los análisis teóricos de Europa occidental como en la experiencia yugoslava se identificaba con claridad la intrínseca resistencia a la concentración empresarial de los modelos autogestionarios. Es lo que EKAI Center ha venido analizando desde la perspectiva del incentivo inversor o el incentivo de crecimiento.
5.      Parece claro que cooperativas, sociedades laborales y empresas autogestionadas en general tienen un incentivo para la inversión productiva “expansiva” sensiblemente menor que el de las sociedades capitalistas. La lógica del análisis económico parecía verificarse claramente en la experiencia yugoslava, donde la dispersión empresarial en los sectores autogestionados aparentaba mantenerse estable en el tiempo.
6.      Estos hechos parecían constituirse como un argumento favorable al modelo autogestionario, como un modelo en el que se evitaban los problemas económicos, sociales y políticos de la excesiva concentración empresarial.
7.      Sin embargo, los detractores del modelo autogestionario pusieron acertadamente en cuestión esta argumentación. O, si se prefiere, plantearon la necesidad de analizar las dos caras de la moneda. Aceptándose esta menor propensión del sistema autogestionario a la concentración empresarial, se planteaba la necesidad de tener en cuenta que el fenómeno de la concentración tiene tanto aspectos positivos como negativos desde la perspectiva del interés general.
8.      En efecto, el análisis de los fenómenos de concentración sectorial y también de las políticas públicas de competencia, han llevado en ocasiones a análisis excesivamente simplistas de los fenómenos de competencia, dando por supuesto que los fenómenos monopolísticos u oligopolísticos son intrínsecamente negativos y, por lo tanto, el Estado debe sistemáticamente asegurar niveles suficientes de dispersión empresarial en todos los sectores de actividad.
9.      Sin embargo, este análisis es extremadamente parcial. Sabemos que las ventajas que la dimensión empresarial otorga a las empresas tienen impactos negativos pero tienen también impactos socialmente muy positivos, fundamentalmente desde la perspectiva de las economías de escala. La mayor dimensión permite a las empresas disminuir sensiblemente sus costes y, por lo tanto, ofrecer productos y servicios mejores o más baratos.
10. Esto significa que los aspectos negativos de la concentración empresarial deben valorarse a la luz de sus impactos positivos en la economía de escala. Un oligopolio en un determinado sector puede permitir a una o varias empresas abusar de sus proveedores o sus clientes. Pero si este impacto negativo es inferior a las ventajas que la sociedad –como consecuencia de las economías de escala- recibe de esta situación, el interés general recomienda aceptar o incluso impulsar este tipo de procesos de concentración empresarial aparentemente excesiva.
11.  Esto tiene importantes consecuencias desde la perspectiva de las políticas públicas. Significa que los poderes públicos en una economía capitalista, a la vez que vigilan los procesos de concentración, deben facilitar aquellos procesos que estén justificados por el impacto social o económico de las economías de escala. Y, al contrario, en una economía autogestionada, es posible que los gobiernos –como sucedía en Yugoslavia- deban adoptar medidas específicas para impulsar procesos de concentración o de crecimiento de empresas autogestionadas para los que estas empresas no suelen estar especialmente motivadas.