"1.
La
posibilidad de ajustes normativos concretos destinados a que las normativas
reguladoras de las empresas de economía social se adecúen a un mayor incentivo
inversor, se ubica fundamentalmente en el ámbito de la sociedad cooperativa. Si
otras modalidades de la economía social utilizan básicamente modalidades jurídicas
diseñadas para otros fines (como las sociedades de capitales o las
asociaciones) es posiblemente la sociedad cooperativa (junto a las mutualidades)
la figura que mayor esfuerzo ha realizado para adaptarse a las finalidades básicas
de la economía social".